LA NOTA DE PRENSA DE USTEA APOYANDO LA SENTENCIA DEL TSJA
El Secretariado de USTEA Enseñanza ha valorado positivamente la sentencia del Tribunal Superior de de Justicia de Andalucía desestimando la demanda de APPRECE (Asociación de Profesores de Religión) en la que pretendía que este colectivo de profesores y profesoras mantuviera su jornada laboral completa aun no existiendo demanda de alumnos para recibir una asignatura no obligatoria en el currículo escolar.
USTEA considera que la característica de la relación laboral de este colectivo para con la Administración Educativa está condicionada por el Estatuto de los Trabajadores y por los Acuerdos con el Vaticano, de los que se deduce que tanto su horario laboral, como sus destinos de trabajo están sometidos a criterios de planificación educativa derivados de la demanda.
Por ello, USTEA considera que, bajo ningún concepto, se puede atender la demanda de mantener inamovibles sus condiciones laborales. Coincidimos, no obstante, con los demandantes en que esas modificaciones deben ser conocidas con anterioridad suficiente que les permita su adecuación personal a las nuevas circunstancias. USTEA viene manteniendo una postura clara respecto a las enseñanzas de la religión en los Centros Educativos, considerando que esta actividad debe salir del ámbito escolar y, en consecuencia, no devengar compromisos laborales ni administrativos con ningún colectivo.
Nos parece discriminatorio e injusto que las trabajadoras y los trabajadores de la religión, puedan hacer valer como merito a la hora de los procesos selectivos para el acceso a la enseñanza pública, Oposiciones. La sentencia del TSJA nos parece acertada, ajustada a derecho y equilibrada, ya que sitúa en el plano de la racionalidad y de la objetividad las relaciones laborales actuales. Lo contrario, hubiera sido violentar la legislación y conseguir por la vía jurídica lo que se reserva a la negociación colectiva, en cuyo marco, El Convenio, debe llegarse a los acuerdos oportunos.
RESPUESTA DE APPRECE ANDALUCÍA BUSCANDO UN DIÁLOGO CONSTRUCTIVO
1º. El día 1 de agosto, en el diario EL MUNDO ANDALUCÍA, USTEA calcula que la Administración andaluza ha perjudicado a unos 20.000 funcionarios por haber actuado de acuerdo a sentencias del TSJA sin ser firmes, porque las tenía recurridas ante el Tribunal Supremo y en tres sentencias el Tribunal Supremo da la razón a los interinos y desata un conflicto en la Junta de Andalucía.
2º. La sentencia del TSJA que desestima la demanda de APPRECE está recurrida en casación ante el Tribunal Supremo y USTEA debe tener, en este caso, el mismo respeto hasta tanto se pronuncie el Tribunal Supremo.
3º. La demanda de APPRECE lo que exige es que se cumpla el Estatuto de los Trabajadores en sus articulos 12 y 41, haciéndolos compatibles con la planificación educativa. APPRECE defiende derechos laborales y sindicales, que es lo que tienen que hacer todos los sindicatos.
4º. En un Estado de Derecho, hasta que no se modifique la Ley, todos nos debemos atener a ella. Las opiniones pueden ser libres, pero las organizaciones sindicales tienen que ser respetuosas con el Estado de Derecho en una sociedad democrática.
5º. USTEA afirma que la enseñanza de la religión no debe "devengar compromisos laborales ni administrativos con ningún colectivo". No nos parece propio de un sindicato este tipo de discurso.
6º. APPRECE quiere un marco estable negociado por sus representantes legítimos, en un Convenio Colectivo Propio, que es lo que la Ley exige para el Personal Laboral, en el que queden escritos los acuerdos de sus condiciones laborales.
7º. El reconocimiento como méritos de los años de servicios prestados como profesores de religión ha sido resuelto positivamente en múltiples sentencias de los tribunales de Justicia y en tres del Tribunal Supremo, con lo que deben acatarse y aplicarse. Precisamente los tres fallos del Tribunal Supremo que dan la razón a USTEA para que se valore el trabajo como interino o laboral, tanto para la promoción interna, como en el concurso de méritos, eliminan la discriminación y la injusticia entre los empleados públicos, entre los que se encuentran los profesores de religión.