Envío telemático de certificados de empresa tras el cese en la relación laboral
El pasado 30 de marzo de 2010 se publicó en el Boletín Oficial del Estado nº 77 la Orden 790/2010 de 24 de marzo del Ministerio de Trabajo e Inmigración reguladora del envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos.
Según lo previsto en esta disposición a partir del 30 de junio de 2010 existe la obligación de tramitar el certificado de empresa de forma telemática por parte de la Delegación Provincial de Educación de Almería, directamente al Servicio Público de Empleo Estatal por lo que no será necesario la entrega de dicho documento a la persona interesada. Para ello, se ha puesto a disposición de todas las empresas así como de la propia Administración Pública la plataforma Certific@2.
Con este nuevo sistema se agiliza, simplifica y automatiza el proceso de remisión de esta documentación al Servicio Público de Empleo Estatal, con objeto de proceder al reconocimiento de la prestación por desempleo a aquellas personas que habiendo cesado en su relación laboral, reúnan los requisitos para acceder a la misma.
Por tanto, desde ahora los/as empleados/as públicos/as que extingan su relación laboral con esta Delegación Provincial, deberán solicitar por cualquiera de los medios que se indican a continuación, la emisión del correspondiente certificado de empresa que será remitido directamente por la propia Delegación Provincial al Servicio Público de Empleo Estatal, por lo que el/la solicitante no tiene que recogerlo personalmente como se ha venido haciendo hasta ahora.
MEDIOS PARA SOLICITAR EL CERTIFICADO DE EMPRESA
-Correo electrónico: seguridad.social.dpal.ced@juntadeandalucia.es
-Teléfonos: 950004557 / 950004611 / 950004612
-Fax: 950004647
Viernes, 24 de septiembre de 2010