MAYO-JUNIO
10 Constitución de Mesas Electorales.
11-20 Exposición del Censo Laboral para la presentación de Reclamaciones
21 Resolución de las Reclamaciones. Aprobación del Censo Electoral
24-4 Presentación de candidaturas.
7 Proclamación de Candidaturas. Reclamación contra Candidaturas.
10 Resolución de las Reclamaciones. Proclamación Definitiva de Candidaturas
11-19 CAMPAÑA ELECTORAL
20 Día de Reflexión.
21 VOTACION de 9.00 a 14.00.
NOTA DE APPRECE:
El artículo 74.3 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 8.4 del Reglamento de Elecciones Sindicales dicen:
"Desde el mismo día de la proclamación hasta las 0 horas del día anterior a la votación, los candidatos/as, promotores y presentadores de las candidaturas podrán realizar la propaganda electoral que consideren oportuna, siempre que no altere la prestación normal del trabajo o del servicio. Esta limitación no se aplicará a las empresas o centros de trabajo que tengan hasta 30 trabajadores/as".
El día anterior a la votación es día de reflexión, al establecer el artículo 8.4 del Reglamento de Elecciones Sindicales, que la campaña electoral finaliza a las 0 horas del día anterior a la votación.