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Publicado el 3 de Marzo de 2011 en Acción Sindical
Noticia de la diócesis de Sevilla.

APPRECE, ANPE, CC.OO. Y UGT DEFENDIMOS EL PASADO DÍA 10 DE FEBRERO, EN EL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE SEVILLA QUE EL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE INFANTIL Y PRIMARIA DE SEVILLA ES PERSONAL SIN CONVENIO DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

1. ¿Por qué el sindicato USO, que promovió la celebración de elecciones del Profesorado de Religión de Infantil y Primaria de Sevilla, una vez elegido el Comité de Empresa, impugna el Acta porque pone que es personal sin Convenio?...Esta pregunta sigue en el aire y es USO quien tiene que dar una respuesta, desde la Ley, que sea creible.

2. Al acto de conciliación en el CMAC -Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Sevilla- solicitado por USO sólo acudió el sindicato CSIF, que se adhirió a la impugnación de UUSO. No acudieron los sindicatos ANPE y APPRECE, porque no comprendiamos cómo se puede convocar unas elecciones y posteriormente impugnar el Acta de esas elecciones. Si, como luego pareció, se trató de un simple trámite para acudir al Juzgado de lo Social para poner una demanda, tiene una explicación, aunque no una justificación.

3. Con varios meses de retraso el Comité de Empresa del Profesorado de Religión de Infantil y Primaria de Sevilla, se constituyó, por fin, y ya ha celebrado una reunión. ¡Y estamos en el mes de marzo¡...Tampoco USO ha dado una explicación razonable de por qué, además, tardó meses en convocar a los elegidos en el mes de junio del pasado año, para constituir el Comité de Empresa.

4. El día 10 de febrero de 2011, en el Juzgado de lo Social Nº 4 de Sevilla, celebramos la vista, a la que asistieron el Abogado del Estado en representación del Ministerio de Educación, como demandante el Abogado de USO, y como demandados los Abogados de CSIF,  ANPE, CC.OO.y FETE-UGT y el Presidente de APPRECE ANDALUCÍA, en representación del Sindicato APPRECE, con su Poder Notarial correspondiente.

5. ¿Por qué se personaron los sindicatos CC.OO. y UGT, si no fueron citados por USO ni al CMAC, ni al Juzgado?. Porque es obligación citar a todos los sindicatos que puedan tener interés en el tema a tratar en un juicio y USO ruvo que ampliar su demanda.

6. El Abogado del Estado tuvo una intervención brevisima al decir que como la demanda trataba de un asunto de elecciones y la Empresa no puede intervenir, puesto que es son un tema exclusivo de los trabajadores y su papel como Empresa se tiene que limitar a facilitarle los medios a los trabajadores para que las puedan celebrar, se hacia presente en cuanto a la forma, pero no en la causa.

7. El representante de USO defendió que el Profesorado de Religión de Infantil y Primaria de Sevilla sí tiene un Convenio Colectivo, que es el Convenio Único de la Administración del Estado, aportó sus argumentos y presentó sus pruebas documentales. La representante de CSIF se limitó a decir que apoyaba la demanda de USO.

8. Los representantes de los sindicatos ANPE, CC.OO. y FTE-UGT se opusieron a la demanda de USO y algunos expusieron algunos argumentos, aportando como prueba de su postura algunas sentencias.

9. El representante de APPRECE, como no es abogado, junto al estrado y ante el micrófono, hizo una exposición, que adjuntamos a esta información.

La exposición tiene tres partes:

1. Los Hechos. 2.  Consecuencias. 3. El sindicato APPRECE se opone a la demanda de USO. Entre los hechos están el que todavía no se ha normalizado del todo la situación sindical del Profesorado de Religión, a pesar de los años transcurridos, por una serie de razones imputables a los sindicatos que en lugar de servir al Profesorado de Religión buscan el servicio que les puede reportar el Profesorado de Religión en horas de liberación sindical, el subvención económica y, en particular, en representatividad para poderse sentar en las mesas de negociación. En la mayor parte de las Autonomías es personal SIN CONVENIO o mejor, es personal que está pendiente de regularizar su situación sindical para que pueda, en su día, negociar su Convenio Colectivo.

Las consecuencias de este "desbarajuste sindical" está en que pasan los años, el de Secundaria lleva ya más de 12 años pendiente de normalizar en Andalucía su situación sindical y el de Primaria desde el año 1999, esto es, también 12 años. Hace 12 años hasta impidieron votar al Profesorado de Religión de Secundaria, han pasado 12 años y el Profesorado de Religión de Primaria de Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva y Jaén todavía no ha votado...

Y ahora USO y CSIF defienden que este Profesorado de Religión de Primaria está incluido en el Convenio ÚNICO de la Administración del Estado. Si esto fuera cierto, expresó el representante de APPRECE, no se hubieran podido celebrar las elecciones de Primaria y, con su demanda, estaban abogando por la desaparición del Comité de Empresa recienconstituido en Sevilla...

APPRECE se opuso a la demanda de USO argumentando con la Ley en la mano y con las sentencias de los Altos Tribunales del Estado, afirmando que desde el actual marco legal que regula la relación laboral del profesorado de religión, que no tiene que ver absolutamente nada con las relaciones laborales del otro personal laboral (el de administración y servicios, esto es, el no docente) por lo que el profesorado de religión debe contar con sus propios órganos de representación para que negocien su propio Convenio Colectivo.

                            Andalucía, 3 de marzo de 2011

 

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