LA VERDAD QUEDA AL DESCUBIERTO CON DATOS Y DOCUMENTOS
1. En el año 2007, en Jaén, APPRECE, aun teniendo preparada una Candidatura para presentarla en las elecciones del Profesorado de Religión, al impedirselas la Administración, por coherencia con su política sindical en defensa de los Derechos Sindicales y Laborales del Profesorado de Religión,  decidió no presentarla al proceso electoral del Personal Laboral de Administración y Servicios, porque no eran sus elecciones.
2. ANPE, sin embargo, sí que presentó su Candidatura a las elecciones del Comité de Empresa del Personal NO Docente (limpiadoras, conserjes, administrativos) metiendo al Profesorado de Religión de Jaén en un Comité de Empresa, que no es el suyo, y que se rige por un Convenio Clectivo que no se le puede aplicar al Profesorado de Religión.
3. Esta política sindical de ANPE le ha supuesto al Profesorado de Religión de Secundaria de Jaén la pérdida de un mínimo de 2.160 horas lectivas en los 4 años de mandato sindical y, si nos atenemos al Convenio que la Junta de Andalucía tiene firmado con los Sindicatos, un máximo de 4.320 horas lectivas. Todo un record, para que luego se critiquen las reducciones de jornada de la Consejeria...
4. ¿De dónde salen esas 4.320 horas o, el mínimo de 2.160 horas lectivas perdidas, gracias a la "inteligente" política sindical de ANPE en Jaén?. Del estudio de la Ley.
a) De acuerdo con el artículo 41 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y del articulo 68 del Estatuto de los Trabajadores, a los Comités de Empresa de hasta 100 trabajadores, le corresponden a cada Delegado Sindical 15 horas mensuales de liberación sindical. Como en Jaén no se pudieron elegir los 5 Delegados Sindicales del Profesorado de Religión que le correspondía al Comité de Empresa del Profesorado de Religión (2 salieron elegidos en el Comité del PAS) a los 3 que no se pudieron elegir les correspondían 45 horas lectivas mensuales. Las 45 horas lectivas mensuales por los 12 meses del año son 540 horas anuales y, por los 4 años del mandato electoral, hacen un total de horas lectivas perdidas de 2.160, cuyo importe debiera exigirlo a ANPE el Profesorado de Religión de Secundaria de Jaén.
b) Si aplicamos las horas de liberación sindical acordadas entre la Junta de Andalucía y los Sindicatos en un Convenio, en el que hasta 100 trabajadores a cada Delegado Sindical le corresponden 30 horas de liberación sindical mensual, las cuentas son estas: los 3 delegados sindicales del Profesorado de Religión que no se pudieron elegir, a 30 horas mensaules cada uno, son 90 horas mensuales perdidas, que multiplicadas por los 12 meses del año son 1.080 horas y por los 4 años que dura el mandato sindical, suponen un máximo de 4.320 horas lectivas que ANPE, le ha quitado al Profesorado de Religión de Secundaria de Jaén, por defender una política sindical ilegal y contraria a la doctrina judicial, que tiene declarado en varias Sentencias que al Profesorado de Religión no se le puede aplicar el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Junta de Andalucía.
5. ANPE tiene que dar explicaciones al Profesorado de Religión de Secundaria de Jaén no sólo de su nefasta política sindical de los 4 años pasados, sino también de su decisión de continuarla en los próximos 4 años de mandato sindical: del 2011 al 2015, porque era lo que tenía pensado hacer, hasta el pasado día 23 de marzo, en que, tras pedir que se definiera primero la Consejería de Educación, en el SERCLA, en Sevilla, para conocer si estaba dispuesta a negociar un Convenio Colectivo Propio para el Profesorado de Religión, al conocer que la Administración SI estaba dispuesta y hasta propuso el mes de mayo para comenzar, ANPE, como Saulo, se cae del caballo...y se "convierte" en defensor del Convenio Colectivo Específico (es decir, Propio). 
6. La verdad, por tanto, es que ANPE, a partir del día 23 de marzo del año 2011, cambia su política sindical y se convierte a la política sindical que APPRECE (y otros sindicatos) venimos defendiendo desde hace años y en la que hemos empleado mucho tiempo y muchos euros en los Tribunales de Justicia.
7. También tiene que dar explicaciones ANPE al Profesorado de Religión de Secundaria de Jaén, por qué lo tenía todo preparado para que en Jaén se celebrara un solo proceso electoral de todos los laborales juntos, como hace 4 años, en el año 2007.
8. Fue APPRECE quien tuvo que convocar elecciones para el Profesorado de Religión de Secundaria de Jaén, como queda probado documentalmente en los archivos adjuntos a esta información (uno con el Preaviso Electoral puesto por APPRECE en el CMAC y otro con el Escrito que quedó registrado en el Registro General de la Delegación Provincial de Educación de Jaén).  
9. ¿Por qué no convocó elecciones ANPE para elegir un Comité de Empresa del Profesorado de Religión de Secundaria de Jaén?. Y, por qué protestó ANPE cuando el Secretario General de la Delegación Provincial de Educación, reunió a todos los sindicatos para comunicarles que APPRECE había puesto un preaviso para elecciones propias del Profesorado de Religión y que, por tanto, este Profesorado quedaría excluido del censo del Personal de Administración y Servicios (PAS)...¿No amenazó ANPE con impugnar el censo si se excluía al Profesorado de Religión?. ¿Qué día ocurrieron estos hechos?...¿Cuántos días antes de asistir a la reunión en el SERCLA en Sevilla?...
10. Finalmente, por ahora, si ANPE conocía la Sentencia del Tribunal Supremo, del 9 de febrero de 2011, de la que le habló el Secretario General de la Delegación Provincial de Educación de Jaén, que había entregado APPRECE en el Registro, ¿es que hay alguien en ANPE que se cree por encima del Tribunal Supremo?...Adjuntamos la Sentencia del Tribunal Supremo.
AQUÍ QUEDAN REFLEJADOS Y PUBLICADA LA VERDAD DE UNOS HECHOS OCURRIDOS EN JAÉN Y QUE CADA UNO SAQUE SUS PROPIAS CONCLUSIONES
Jaén, 3 de abril de 2011