El día 21 de mayo de 2010, a las 9.30 horas, en la Delegación del Gobierno en Andalucía, se reunieron las Mesas Electorales para el estudio de las Reclamaciones al Censo Laboral y elevar a definitivo el Censo Electoral.
Estos fueron los Acuerdos:
1. Considerar correcto el DNI que figura a nombre de X. (Su reclamación consistía en que delante llevaba un 0).
2. Corregir los errores de domicilio, código o denominación del centro de destino, una vez se comprueben en la base de datos del Ministerio de Educación.
3. Respecto a las reclamaciones por antigüedad, las Mesas consideran que no es una cuestión que afecta al proceso electoral, pero remitirá la documentación al Ministerio de Educación, a través del Área de la Alta Inspección de Educación.
4. Se determina la lista definitiva de elecltores, que srán remitidas a los Centros de Destino.
5. Se fija el número de representantes a elegir, siendo el de TRECE.
6. Se estudian y acuerdan las normas para la votación por Correo, que figuran como Anexo I.
Firman el Acta los 6 miembros de las Mesas Electorales. Dos representantes de la Administración y 3 representantes de los sindicatos APPRECE, USO y CSIF.
NOTA DE APPRECE:
Las Reclamaciones a la antigüedad en el Censo laboral se hacen cuando figure un tiempo inferior a un MES, porque entonces no se puede ser elector, o cuando figure un tiempo inferior a 6 meses, porque no se puede ser elegible.