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Publicado el 8 de Junio de 2012 en Profesorado
Noticia de todas las diócesis.
LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN VISARÁN LAS CERTIFICACIONES DE LOS DIRECTORES QUE REUNAN LOS REQUISITOS SEÑALADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Estimados compañeros:

Como logro de un trabajo en el Ministerio y en la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos (RR.HH), que ha durado dos años, y en respuesta a las consultas recibidas sobre el reconocimiento de los servicios prestados a la Administración hasta 31 de diciembre de 1998, os proponemos el siguiente PROCEDIMIENTO:

 

 

1. En los centros donde se prestaron servicios, solicitar que el director o directores (si es un centro o son varios centros) certifiquen el tiempo trabajado y nos lo entreguen con el visto bueno del Servicio de Inspección incluido (a partir del 1 de enero de 1999, no hay que certificar nada, porque ya constan los datos en el Ministerio de Educación).

a. DATOS IMPORTANTES que deben aparecer en los CERTIFICADOS:  

  • Tiempo detallado: Año/s - Mes/es – Día/s.
  • Indicación expresa de si fue JORNADA COMPLETA O PARCIAL. 

Se pueden llevar los certificados antiguos como prueba, pero deben ser actualizados con estos datos.

2. Rellenar el ANEXO II que se adjunta, trasladando a esta solicitud los datos de las certificaciones obtenidas del director o directores con el Vº Bº de Inspección.

3. Sacar fotocopia de toda la documentación: Certificados, Anexo II y las indicaciones de la Dirección General de Profesorado y Gestión de RRHH de la Consejería de Educación que se adjunta de fecha 23-04-2012. 

 

4. Con toda la documentación (originales y  copia) nos dirigimos a:

 

a. SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO, donde nos sellaran los originales y se quedarán con la copia para enviarla al Ministerio de Educación. 

b. Para los que dependen de la CONSEJERÍA de Educación o de la Administración Pública, bien porque son Profesores de Religión de SECUNDARIA, bien porque aprobaron OPOSICIONES y son funcionarios, es en la Consejería correspondiente en la que tendrán que entregar originales y copia de las certificaciones junto a la SOLICITUD del archivo adjunto (ANEXO II) dirigida al Jefe de Servicio de Recursos Humanos del que dependen ahora.      

Hace unos días, un sindicato ha enviado una nota, publicada hace dos años en la que se indica lo contrario de la información que APPRECE os envía. Otro sindicato también envió unas "aclaraciones" sobre la nota mandada por el otro sindicato, que confundía más todavía.

En los archivos adjuntos a esta información encontrais la documentación que necesitaba el Profesorado de Religión en Andalucía para solicitar el reconocimiento de los servicios prestados como profesor/a de religión en Andalucía.

En nombre de APPRECE agradezco al Sr. Director General de Profesorado y Gestión de RR.HH. D. Manuel Gutiérrez Encina, que avala con su firma la norma que, a partir de ahora, se debe seguir en Andalucía para justificar los servicios prestados a la Administración por el Profesorado de Religión de los años anteriores al 1 de enero de 1999 y poder solicitar el reconocimiento de la antigüedad de esos años, donde proceda: Ministerio de Educación o cualquier otra Administración Pública.

También mi agradecimiento a D. Alfredo León, de los Servicios Jurídicos, por sus gestiones e informe para que nuevamente los Servicios de Inspección den el Vº Bº a las Certificaciones de los Directores, en las que se justifican los días, meses y años trabajados como profesores de religión en los Centros Educativos, dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.


                                               Andalucía, 8 de junio de 2012
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