ESTAS SON LAS NORMAS OFICIALES PARA TODO TIPO DE ELECCIONES
1. El profesor que prevea votar por CORREO deberá comunicar su intención a la Mesa Electoral: Tal comunicación, que tendrá que ser efectuada con una antelación de al menos cinco días con respecto a la fecha en que se celebre la votación, podrá ser realizada por cualquiera de los siguientes sistemas:
- Mediante la entrega del propio elector ante la Mesa Electoral, de un escrito de formato libre en el que se comunique tal decisión.
- A través de la presentación por parte del mismo elector en una Oficina de Correos de un escrito en dicho sentido, con libertad de formato, en sobre abierto de carácter ordinario, dirigido al Presidente de la Mesa Electoral.
- Por medio de la presentación por parte de un representante del elector en una Oficina de Correos o ante la Mesa Electoral de un escrito firmado por el elector, en sobre de carácter ordinario. El representante debe acudir provisto de su DNI, de fotocopia del DNI de su representado y de autorización escrita del mismo.
2. La Mesa Electoral, enviará al elector dentro del sobre grande (modelo: 3G) la siguiente documentación:
- Un ejemplar de papeleta de cada candidatura proclamada.
- Un sobre pequeño para introducir la papeleta de votación.
- Un sobre mediano (mod.1)
3. El elector remitirá por correo certificado a la Mesa Electoral donde esté censado, el sobre mediano (mod.1) que dejará abierto y en su interior introducirá copia de su documento nacional de identidad y el sobre pequeño cerrado, en el que habrá introducido la papeleta elegida.
4. No obstante lo expuesto, si el profesor decidiese votar personalmente, lo manifestará asi ante la Mesa el día 21 de junio, y ésta procederá a entregarle el que hubiese enviado por correo si se hubiera recibido; caso contrario, cuando se reciba se incinerará.
El domicilio de la Mesa Electoral es el siguiente:
Área de la Alta Inspección de Educación
Plaza de España. Torre Sur. 41071. SEVILLA