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Publicado el 27 de Enero de 2015 en Acción Sindical
Noticia de todas las diócesis.

DATOS OBJETIVOS Y SU ANÁLISIS: ANEXO II HORARIOS

1. El día 26 de enero, disuelto el Parlamento de Andalucía y estando en funciones el Gobierno de Andalucía, hasta que, tras la celebración de las elecciones autonómicas, el próximo día 22 de marzo, conozcamos los resultados y se constituya un nuevo Gobierno para Andalucía, el actual está legitimado para aprobar sólo Decretos y Órdenes y sus Resoluciones correspondientes. Por tanto, el Decreto sobre la Educación Primaria y la Orden que la desarrolle, con sus Anexos, pueden ser aprobados y ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Cuando estas normas salgan aprobadas en el BOJA serán obligatorias para todos.

2. En este momento podemos hablar sólo de los Proyectos que conocemos y sobre los que, en el trámite de audiencia, nos hemos pronunciado los Sindicatos y también el Consejo Escolar de Andalucía.

(En otra ocasión informaremos sobre estos trámites y daremos a conocer las enmiendas que unos y otros propusimos al Pleno del Consejo Escolar de Andalucía. La enmienda de APPRECE que consiste en poner a Religión/Valores 2 sesiones de 45 minutos a cada uno de los 6 cursos de la Educación Primaria, fue registrada y conocida y votada en el Pleno del Consejo Escolar, gracias al Sr. Alcalde de Guadix, que, en representación de la Diputación de Granada, forma parte del Pleno del Consejo Escolar de Andalucía).

3. En el Anexo II del archivo adjunto va la distribución horaria propuesta por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, donde aparecen los módulos horarios mínimos para las áreas troncales, para las áreas específicas, para los recreos que son lectivos, y los módulos de libre disposición en cada colegio. De su lectura se puede concluir:

a) El horario mínimo obligatorio en todos los centros de Educación Prmaria para Religión/Valores es de 45 minutos en cada uno de los 6 cursos de la Educación Primaria.

b) Hay un "Horario que el centro distribuirá, en el ejercicio de su autonomía, para ampliar horario de troncales y específicas (Valores/Religión es específica) o proponer refuerzo de troncales, o alguna otra asignatura de libre configuración". Las actividades de acción tutorial con el alumnado se realizarán dentro de este horario.

El tiempo de libre disposición  en cada colegio es de 6 módulos horarios de 45 minutos en 1º y 2º, de 5 módulos en 3º y 4º y de 4 módulos en 5º y 6º, uno de los cuales, en cada uno de los 6 cursos, podrá aplicarsele a Religión/Valores.

c) El horario recogido para la autonomía de los centros se verá incrementado con los módulos correspondientes a la 2ª Lengua Extranjera hasta su implantación.

El tiempo mínimo señalado para la 2ª Lengua Extranjera es de 1 módulo de 45 minutos en los cursos 1º y 2º y de 2 módulos de 45 minutos en los cursos 3º, 4º, 5º y 6º.

Por tanto, hasta tanto se implante la 2ª Lengua Extranjera, los colegios van a disponer del siguiente tiempo de libre disposición, del que podrán dedicar un módulo de 45 minutos a Religión/Valores, en cada uno de los 6 cursos:

7 módulos de 45 minutos en 1º, 2º, 3º y 4º y de 6 módulos de 45 minutos en 5º y 6º.

d) De acuerdo con la autonomía organizativa que la Lomce da a los colegios para que, según las necesidades del alumnado, y de acuerdo con los medios personales, físicos y materiales disponibles, puedan sacar el mayor y mejor rendimiento, el Director o Directora, previa consulta al Consejo Escolar del Centro, dispondrá de esos módulos horarios para que, incluido el tiempo de los recreos, todo el alumnado y el profesorado pueda completar su jornada laboral con un máximo de 25 horas lectivas semanales.

4. APPRECE ha informado sobre esta distribución horaria en cuantas reuniones se ha presentado la ocasión y ha dejado claro que, cuando en el Anexo se dice que "excepcionalmente el centro, en atención a sus necesidades, podrá modificar la duración de los 45 minutos del módulo a 30 minutos o ampliarlo a 60 minutos" a Religión/Valores, hay que respetarle el mínimo de 45 minutos, que podrá ampliarse a 60 minutos y, en este caso, cabe que el otro módulo sea de 30 minutos.

5. Una lectura rigurosa de lo que se expone en el Anexo II (que se adjunta) con su análisis correspondiente, conduce a las conclusiones que, como servicio a la verdad y al profesorado de religión de Educación Primaria de Andalucía, exponemos en abierto y para conocimiento de todos.

¿APPRECE está de acuerdo con esta fórmula: 45 minutos obligatorios para todos los colegios y otros 45 de libre disposición de los mismos, que podrán añadirlo o no?. Teniendo en cuenta el peso que las ideologías tienen todavía en la escuela andaluza, no es aconsejable por la discriminación que se puede crear entre los colegios en función de la ideología de Directores/as. Por eso, APPRECE defiende que sea el Ministerio de Educación el que fije el mínimo (asi no contradice lo que ordena la Lomce) de los 90 minutos para toda España en la Educación Primaria.

Cuando las circunstancias sean las de: respeto y tolerancia por parte de todos, en el sistema educativo, para las Enseñanzas de Religión y para su Profesorado, con un contrato laboral de jornada completa, en uno o dos colegios, para atender todas las solicitudes de Religión y poder completar con otras actividades educativas, si no se llega a las 25 horas lectivas, la fórmula organizativa del horario que propone la Lomce puede ser positiva, siempre que el profesor/a de religión forme parte de la plantilla orgánica de los centros.

Seguiremos informando y reflexionando, con esperanza e ilusión también en el futuro.

                           Andalucia, 27 de enero de 2015

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