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Publicado el 27 de Marzo de 2015 en Acción Sindical
Noticia de todas las diócesis.

PUBLICADO EN EL BOJA LA ORDEN QUE DESARROLLA EL CURRICULO DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN ANDALUCÍA EN APLICACIÓN DE LA LOMCE y SUS HORARIOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS PARA TODOS LOS NIVELES EDUCATIVOS Y CENTROS DE EDUCACIÓN PRIMARIA:

ANEXO II

 

HORARIO PARA LA ETAPA DE EDUCACIÓN PRIMARIA

 

Los módulos establecidos para cada área son de 45 minutos. Excepcionalmente el centro, en atención a sus necesidades y en el ejercicio de su autonomía, podrán establecer o combinar sesiones lectivas de distinta duración dentro de la misma jornada escolar, siempre que estén comprendidas entre los 30 y los 60 minutos, y no se modifique el tiempo total semanal mínimo de cada curso y área establecido en este anexo.

 

HORARIO POR NIVEL

 

ASIGN. TRONCALES

 

Ciencias Naturales 2 2 2 2 2 2

Ciencias Sociales 2 2 2 2 2 2

Lengua Cast. y Literatura 6 6 6 6 5 5

Matemáticas 6 6 5 5 5 5

1ª Lengua Extranjera 2 2 3 3 3 3

 

Total Troncales 18 (54%) 18 (54%) 18 (54%) 18 (54%) 17 (51%) 17 (51%)

 

ASIGN. ESPECÍFICAS

 

Educación Física 2 2 2 2 2 2

Valores sociales y cívicos / Religión 1 1 1 1 1 1

2ª Lengua Extranjera 1 1 2 2 2 2

Educación Artística 2 2 2 2 2 2

 

Total Específicas 6 (18%) 6 (18%) 7 (21%) 7 (21%) 7(21%) 7(21%)

 

ASIGN. LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA

 

Educación Ciudadanía 2

Cultura y práctica digital 2

Total Libre Configuración 2 (7%) 2 (7%)

 

RECREO

 

Recreo 3+1/3 (10%) 3+1/3 (10%) 3+1/3 (10%) 3+1/3 (10%) 3+1/3 (10%) 3+1/3 (10%)

 

AUTONOMÍA DE LOS CENTROS

 

Autonomía Centros(*) 6 (18%) 6 (18%) 5 (15%) 5 (15%) 4 (12%) 4 (12%)

 

(*) Horario que el centro distribuirá, en el ejercicio de su autonomía, para ampliar horario de troncales y específicas, o proponer refuerzo de troncales, o alguna otra asignatura de libre configuración. La actividades de acción tutorial con el alumnado se realizarán dentro de este horario. El horario recogido para la autonomía de los centros se verá incrementado con los módulos correspondientes a la 2ª Lengua Extranjera hasta su implantación.

 

TOTAL HORARIO 33+1/3 (100%) 33+1/3 (100%) 33+1/3 (100%) 33+1/3 (100%) 33+1/3 (100%) 33+1/3 (100%)

En el artículo 8.2. de la Orden se dice que este horario lectivo mínimo son los que deben dedicar todos los centros para el desarrollo de cada uno de los curriculos de las áreas.

Los centros del horario de su autonomía pedagógica y organizativa pueden ampliar el horario de las específicas -la Religión es una de las Específicas-  para lo que cumplimentarán un Protocolo que enviará la Consejería de Educación a los Equipos Directivos, cuyo borrador cuando esté elaborado será enviado a los sindicatos para que hagamos  propuestas y que, en reunión conjunta será consensuado, antes de ser enviado a los centros.

El Ministerio de Educación, en el día de ayer, 26 de marzo, comunicó a los sindicatos que para el curso 2015-2016, mantendrá los contratos y las retribuciones económicas actuales, salvo excepciones, como puedan ser en la ampliación de unidades, para responder a las nuevas matriculaciones.

Sólo la verdad es la que nos hace libres y la que nos permite dar la respuesta correcta a la nueva realidad educativa que nos plantea la Reforma Educativa de la LOMCE, que, a su vez, es una reforma de algunos artículos de la LOE, que es la Ley de Educación vigente, con las modificaciones introducidas y que ahora se llama LOMCE.

                                       Andalucía, 27 de marzo de 2015

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