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Publicado el 21 de Enero de 2016 en Acción Sindical
Noticia creada por la diócesis de Huelva.

Resolución de 19 de enero de 2016 de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación de Huelva, por la que se realiza convocatoria para la confección de la lista provincial para la cobertura de posibles vacantes o sustituciones del profesorado de Religión Católica.

 

Martes, 19 de enero de 2016.

Fecha de aprobación: 19/01/2016
Ámbito: Provincial
Rango: Resolución
Órgano emisor: Delegación Territorial de Educación de Huelva
Destinatarios: Profesorado de Religión

La Orden de 26 de junio de 2009 (BOJA núm . 133, de 10 de julio), modificada por la Orden de 11 de septiembre de 2015 (BOJA núm 183 de 18 de septiembre) regula la cobertura de puestos vacantes de profesorado de religión católica y establece las bases para la confección de las listas provinciales de dicho profesorado.

 

Los artículos 5, 6 y 8 establecen las bases de acuerdo a las que han de conformarse las listas provinciales, la provisión de los puestos, al tiempo que hace radicar en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación la competencia para resolver los citados extremos.

 

Asimismo, el apartado 2 de la Resolución de 13 julio de 2009, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se establecen las bases para la confección de las listas provinciales para la cobertura de puestos vacantes de profesorado de religión católica, conforme a la Orden de 26 de junio de 2009, modificada por la Orden de 11 de septiembre de 2015, establece que “las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación podrán efectuar convocatorias en el ámbito de su gestión cuando el personal que forme parte de las listas provinciales resulte insuficiente para la cobertura de posibles vacantes o sustituciones”, con indicación de requisitos y formalidades de las mencionadas convocatorias.

 

Al objeto de contar en esta provincia con una lista a efectos de posibles vacantes o sustituciones de este colectivo, una vez agotada para el presente curso escolar la existente, y en la línea marcada por las referidas disposiciones, se efectúa la presente convocatoria de acuerdo con las siguientes bases:

 

 

REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

 

            1. Requisitos generales:

 

            Para ser contratado como profesor de religión, serán necesarios los siguientes requisitos generales:

 

  1. Ser español o nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea  y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, o ser extranjero con residencia legal en España y autorizado a trabajar o en disposición de obtener una autorización de trabajo por cuenta ajena.
  2. Tener cumplidos 18 años  de edad y no haber superado la edad de jubilación legalmente establecida.
  3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de sus funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado de origen el desempeño de sus funciones.

 

 

2. Requisitos específicos:

 

            Para impartir las enseñanzas de religión católica en centros que imparten educación secundaria, el personal candidato tendrá que reunir el requisito de titulación de licenciado, arquitecto, ingeniero, doctor, grado o título de grado correspondiente, conforme se enumera en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como haber sido propuesto por la Autoridad de la confesión religiosa para impartir dicha enseñanza y haber obtenido la declaración de idoneidad o certificación equivalente de la confesión religiosa objeta de la materia educativa, estar en posesión del Título de especialización didáctica o del Título Oficial de Máster que acredite la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y regulado en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, todo ello con carácter previo a su contratación por la Administración competente.

 

 

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

 

Los interesados podrán participar cumplimentando la solicitud que figura como Anexo II a esta Resolución, acompañando a la misma la documentación acreditativa de los méritos objeto de valoración, para tal extremo los participantes acompañarán fotocopia legible de los mismos responsabilizándose de su veracidad mediante la diligencia de “es copia fiel del original” firmada por el interesado sin cuyo requisito no será valorado.

 

El plazo de solicitud será de 10 días a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial.

 

 

BAREMO DE MÉRITOS

 

Las solicitudes serán baremadas de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 696/2007 de 1 de junio, así como en el artículo 4 de la Orden de la Consejería de Educación de 26 de junio de 2009, modificada por la Orden de 11 de septiembre de 2015, y que figura como Anexo I de esta Resolución.

 

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

 

                                                        EL DELEGADO TERRITORIAL, 

                                                        Fdo. Vicente Zarza Vázquez

 

APPRECE-HUELVA

Julio González Ceballos

Francisco García Barbosa

Mª Luisa Arellano Sánchez

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