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Publicado el 20 de Abril de 2016 en Acción Sindical
Noticia de todas las diócesis.

CLARIDAD Y NO ENREDAR ES LO QUE TODOS DEBEMOS HACER PARA QUE TODO SALGA BIEN

1. En el archivo adjunto podéis leer el escrito enviado por el Subdirector General de Personal a los Sindicatos sobre los Profesores de Religión, dependientes del Ministerio de Educación. Es bueno que se conozca para que nadie "enrede" con los temas relacionados con este personal.

a) SEXENIOS: tienen que publicarse unas Instrucciones de ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo (nº 79/2016, de 9 de febrero) por parte del SUBSECRETARIO de Educación, Cultura y Deporte.

Por tanto, si ni siquiera el Subdirector General de Personal del Ministerio, conoce lo que va a ordenar en las Instrucciones su inmediato Superior, a qué viene el que haya ya "listillos" haciendo cálculos de lo que va a cobrar cada uno de los afectados, y repartiendo solicitudes o recogiendo papeles...¿Qué idea se tiene del Estado de Derecho y de cómo funciona?. ¡Más que lamentable la imagen que se da con este tipo de actuaciones¡.

b) Por otra parte, el propio Subdirector General de Personal informa del trabajo que están haciendo: están estudiando la puesta en marcha del PROCESO DE RECONOCIMIENTO con las distintas unidades del Departamento implicadas en dicho PROCESO DE RECONOCIMIENTO:

* Subdirección General de Tecnologías de la Informacion y Comunicaciones como responsable de las aplicaciones informáticas de nóminas y de gestión de los procesos administrativos que afectan a los profesores de religión...

* Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado como responsable del reconocimiento, registro y certificación de ACTIVIDADES DE FORMACIÓN realizadas por el personal docente del ámbito de gestión del Departamento...

* División del Registro Central de Personal del Ministerio de HACIENDA y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS para que se elabore y apruebe el documento registral por el que se "Acuerda el reconocimiento del complemento por formación permanente para los profesores de religión contratados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte" que debe formalizarse como justificación necesaria del RECONOCIMIENTO y ABONO de los derechos económicos del citado complemento.

2. Cualquiera que haya leído lo que se necesita LEGALMENTE hasta que quienes reúnan todos los requisitos LEGALES para que la Administración inicie todo el proceso de RECONOCIMIENTO de SEXENIOS y los incluya en nómina, como mínimo ESPERARIA a que fuera el Ministerio el que publicara las INSTRUCCIONES del Subsecretario sobre cómo va a ejecutar la sentencia y cuales van a ser los trámites INFORMATICOS que hay que cumplimentar para solicitar los sexenios.

Pues nada, hay quien quiere chocarse en la misma piedra:

a) Los trienios anteriores al año 1999, que se pudieron arreglar en el año 2008, si se hubieran seguido las Instrucciones que publicó el Subdirector General de Personal del Ministerio, hemos tardado 7 años, por culpa de los que quieren ser "mariquilla la primera" o "llegar siempre los primeros" creando el desconcierto y llenando de papeles el Registro...y creando discriminaciones en las soluciones que se dieron, y tras pasar por los Tribunales de Justicia.

b) Sobre las cotizaciones a la Seguridad Social de los años trabajados con anterioridad al 1 de enero de 1999, a efectos de la Jubilación, al cabo de los 17 años, en lugar de respetar las vias que ha indicado el Ministerio, los "listillos" ya se están inventando otras, después de haber creado el caos con la casuística individual, olvidandose de la negociación de soluciones que fueran válidas para todos.

c) Con los CURSOS DE FORMACIÓN la "babel" creada es más que infinita, por el "salvese el que pueda" y el "cada uno que vaya a lo suyo"...

d) Y ahora con el reconocimiento de los SEXENIOS, hay quien ya está creando las condiciones OBJETIVAS para que sus ENREDOS retrasen las decisiones del Ministerio, por encontrarse con papeles del profesorado de religion por todas partes. Por poner solo unos ejemplos: si la solicitud va a ser electrónica, ¿a que viene rellenar solicitudes en papel?...si no sabemos a partir de que año se va a contar para el reconocimiento del primer sexenio, ¿a que viene que se meta en el Registro hasta la partida de nacimiento?...si no sabemos cómo va a exigir el Ministerio la justificacion de la FORMACION, ¿a que viene meter montañas de certificaciones de cursos?...Y etc.etc.

3. No es mucho pedir cordura, respeto al funcionamiento del Estado de Derecho y actuaciones en cumplimiento de unas normas o Instrucciones publicadas y con la fecha de su entrada en vigor o de los plazos que se indiquen en ellas. NADIE SOLICITA NADA ANTES DE QUE SE PUBLIQUE LA NORMA.

 Hay alguien normal que solicite, por ejemplo, participar en un concurso antes de que se convoque...o que solicite sin conocer los requisitos que se van a exigir...o que solicite "algo" imaginando lo que pueden exigir...Y SI EL MINISTERIO LOS RECONOCE DE OFICIO, como hizo con los trienios a partir del año 1999...¿Que hacen en el Ministerio con todos los papeles registrados?...

¡Vamos a ser serios y a dar una imagen de educación universitaria y de RESPONSABILIDAD ADULTA¡.


                           Andalucía, 20 de abril, 2016 


 


 



  

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