¿SE PUEDEN HACER MÁS DISPARATES EN MENOS TIEMPO?. ESTO OCURRE POR DEJAR EN MANOS DE INEXPERTOS LOS TEMAS DEL PROFESORADO DE RELIGION, QUE NO LOS CONOCE CUALQUIERA
1º. El día 9 de abril de 2010 el Sindicato USO preavisó para constituir la Mesa Electoral que organizara las elecciones sindicales para la constitución del Comité de Empresa del Profesorado de Religión de Infantil y Primaria en Sevilla.
2º. El día 10 de mayo de 2010, en la Delegación del Gobierno en Sevilla, se constituyeron dos Mesas Electorales con la finalidad de que organizaran las elecciones sindicales.
3º. El día 21 de junio de 2010 se celebraron las votaciones para la elección del Comité de Empresa, cuyos resultados fueron: 6 delegados de USO, 3 de CSIF; 2 de ANPE y 2 de APPRECE. Al mediodía dejamos firmadas las Actas y toda la documentación para enviarla a la Consejería de Empleo.
4º. El Comité de Empresa ha sido elegido, pero no está oficialmente constituido, con lo que, en estos momentos, el Profesorado de Religión de Infantil y Primaria de Sevilla no tiene Comité de Empresa que lo represente ni el Comité de Empresa puede actuar porque carece de Presidente, que es quien legalmente representa al Comité de Empresa.
5º. APPRECE ha hecho gestiones ante USO, como sindicato ganador de las elecciones, y ante la Jefatura de la Alta Inspección de Educación, para que explicaran cuáles eran los motivos por los que todavía no se había constituído el Comité de Empresa. No ha habido respuesta a fecha de hoy.
6º. El día 5 de julio de 2010 el Sindicato USO registró en el CMAC de Sevilla una IMPUGNACIÓN del Acta Electoral, porque en el apartado 3 dedicado al Convenio Colectivo aplicable se consignó que "el personal no tenía convenio".
7º. El día 14 de julio, a las 9.10 horas, en el Despacho 7 del CMAC (Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de Sevilla, sito en Avda. República Argentina, 21-1, estamos citados los Sindicatos ANPE, APPRECE y CSIF, para un acto de conciliación.
Al no estar citada la Empresa (Ministerio de Educación) ni el Comité de Empresa (no constituido todavía legalmente, por lo que carece de Presidente) el acto del próximo día 14 de julio no se podrá celebrar.
8º. Con lo que en menos tiempo no se pueden cometer más disparates que los que ya ha cometido el Sindicato USO, en quien mayoritariamente ha depositado su confianza el Profesorado de Religión de Infantil y Primaria de Sevilla. ¡Menuda elección y menuda vista la que tiene el personal¡...
9º. En el escrito de impugnación de USO se afirma que TODOS los profesores de religión católica de infantil y primaria de toda España (de Sevilla y restantes provincias de España es su expresión literal) son contratados por el Ministerio de Educación...Todavía no se han enterado en USO Sevilla que ya sólo quedan pendientes de transferir a las Autonomías de Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria y País Vasco el Profesorado de Religión de Infantil y Primaria.
10º. Y lo que es más grave ignoran en Sevilla que USO ha negociado ya Convenios Colectivos Propios para el profesorado de religión en Madrid, en la Comunidad Valenciana, en Navarra...
11º. Ignoran en USO Sevilla también la jurisprudencia del Tribunal Supremo que con fecha 28 de octubre del año 2003 ya dejó sentados unos principios por los que el Profesorado de Religión es excluido de los Convenios del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Autónomías (Madrid, Castilla la Mancha, Extremadura, Andalucía...)y del Convenio Único de las Administraciones Públicas.
12º. Que USO quiera empezar en Sevilla otra vez el "viacrucis judicial" que en Secundaria lleva ya desde el año 2007 y con señalamiento de fecha para otro juicio el día 6 de junio del año 2011, es para echarse a temblar y para preguntarle muy seriamente a USO ¿Quo vadis USO?...
13º. El que ha impugnado en nombre de USO se ha creido más listo que nadie: según el "experto" de USO el Profesorado de Religión de Infantil y Primaria, dependiente del Ministerio de Educación, goza de Convenio Colectivo, el III Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 12 de noviembre de 2009.
Si fuera cierta esa afirmación ¿me explicas por qué y para que USO convocó estas elecciones de Infantil y Primaria en Sevilla?...
14º. La impugnación presentada por USO sólo tiene dos salidas:
a) Si al Profesorado de Religión de Infantil y Primaria, dependiente del Ministerio de Educación, se le aplica el III Convenio Colectivo, hay que anular las elecciones celebradas en Sevilla.
b) Si no se le aplica, como figura en todas sus nóminas, la impugnación de USO sobra y lo que hace falta es constituir cuanto antes el Comité de Empresa y que se ponga a trabajar.
15ª. APPRECE le pide a USO que explique públicamente las razones de lo que está haciendo, para que el colectivo sepa quien lo está defendiendo y quien lo lleva al precipicio...
Adjuntamos la Sentencia del Tribunal Supremo de 28.10.2003...¡7 años han pasado y hay quien todavía no se ha enterado¡.
Y quien quiera estudiar el tema mejor que vea en el III Convenio el apartado 6º del articulo 1 sobre el ámbito de aplicación del Convenio que dice que queda EXCLUIDO "el personal cuya relación se haya formalizado o formalice expresamente fuera del Convenio".
Y, finalmente, por ahora, ¿por qué USO no ha planteado este tema ante la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación (CIVEA) del III Convenio que es competente para "aprobar la incorporación o exclusión del personal del ámbito de apliación de este Convenio"...?
SON PREGUNTAS QUE, POR RESPETO AL PROFESORADO DE RELIGIÓN, TIENEN QUE RESPONDERSE POR PARTE DEL SINDICATO USO. ¡ES LO MENOS QUE SE PUEDE ESPERAR¡...Y, ADEMÁS, CUANTO ANTES, PORQUE EL PROFESORADO DE RELIGION NO VOTO EL DIA 21 PARA ENCONTRARSE AHORA CON ESTE ESPECTÁCULO ESPECTACULAR...