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Publicado el 13 de Enero de 2017 en Acción Sindical
Noticia de todas las diócesis.

LA DEFENSA QUE SE DEMUESTRA CON HECHOS, EN ESTE CASO, DE LOS CONTRATOS INDEFINIDOS 

1. El 11 de enero ha llegado el DECRETO, que se adjunta, admitiendo a trámite la Demanda de CONFLICTO COLECTIVO, interpuesta por APPRECE-A, contra las modificaciones de los contratos indefinidos a 72 profesores de religión de SECUNDARIA de Andalucía, para el curso 2016-2017.

2. Esta Demanda fue turnada a la Sala de lo Social del TSJA en Granada, donde hubo que presentar nuevamente la Demanda, ordenado por el Registro del TSJA en Sevilla. Al señalar PONENTE de la Demanda, se ha turnado a la Sala de Sevilla.

3. La Consejería de Educación ya presento el EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO, consistente en un Escrito del Director General de Ordenación Educativa y una copia del BOJA con la Orden recurrida, con todos los anexos de los currículos de todas las asignaturas de la ESO, menos el de Religión.

4. A preguntas del Tribunal sobre otras partes interesadas en la Demanda de CONFLICTO COLECTIVO, la respuesta de la Administración ha respondido que no hay nadie más interesado en la Demanda, por lo que el litigio planteado lo es entre APPRECE-A y la Consejería de Educación.

5. La Demanda de CONFLICTO COLECTIVO presentada por APPRECE está basada en los siguientes argumentos:

a) La reducción de una hora de religión en 3º de la ESO es una decisión de la Administración, no es debida a una disminución de matriculaciones, por lo que las consecuencias de la disminución de horas lectivas de religión, tienen un responsable: la Consejería.

b) La Consejería está obligada por Ley a negociar con los representantes de los profesores de religión de Andalucía, que son los profesores de religión, elegidos en las pasadas elecciones sindicales y que constituyen sus Comites de Empresa en cada una de las 7 capitales y los 3 Delegados de Personal en Huelva. Y tratándose de un conflicto que afecta a toda Andalucía, su órgano representativo y de negociación es la COMISIÓN NEGOCIADORA DEL PROFESORADO DE RELIGION DE SECUNDARIA DE ANDALUCIA, en la que tienen que estar representados los sindicatos que han obtenido un porcentaje de Delegados Sindicales. Esta Comisión Negociadora no se ha constituido todavía, tras la celebración de las últimas elecciones sindicales.

c) La ausencia de claridad en las relaciones Consejeria-sindicatos, que representan al profesorado de religión, y las interferencias de otros órganos que no son profesores de religión, obstaculizan el normal funcionamiento de los órganos propios de representación y de negociación del profesorado de religión con la Consejeria de Educación, pero no eximen del cumplimiento de la Ley por parte de todos y, en particular, por la Consejería de Educación, a la que APPRECE denuncia en la Demanda por incumplimiento de los procedimientos laborales.

d) Y un nuevo argumento que APPRECE somete a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para su valoración es que: siendo responsable de la reducción de horas lectivas la Consejería y habiendo incumplido los procedimientos laborales que exigen la Ley Laboral, española y europea, en lugar de proceder a la modificación sustancial de los contratos indefinidos, su obligación legal es completar las horas lectivas de religión, eliminadas por la Consejeria, habilitando al profesorado de religión al que le faltan horas lectivas para completar su jornada laboral contratada, a que las complete con otras actividades educativas regladas y que han sido ordenadas por el Ministerio de Educación.

6. En APPRECE-A hemos puesto grandes esperanzas en esta Demanda del CONFLICTO COLECTIVO, por su defensa del Estado de Derecho, en beneficio de todo el Profesorado de Religión.

Y que, junto con el Recurso en defensa de la segunda hora de religión en 3º de la ESO, o del mantenimiento de las 5 horas lectivas en los 4 años de la ESO, completan la defensa del cumplimiento de la Ley en Andalucía, exigido por APPRECE-A.

El próximo día 9 de febrero de 2017, en la Sala de lo Social del TSJA en Sevilla,

APPRECE y la Consejería de Educación, en un primer acto, estamos todavía en condiciones de lograr un Acuerdo y no sería necesario pasar a la Sala de Vistas para celebrar el Juicio. Depende de la Consejería de Educación, ya que en APPRECE-A siempre hemos defendido la negociación y el Acuerdo.

                             Andalucía, 13 de enero de 2017 

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