Nada es más fácil que inducir al error al que no conoce un tema. Y si es crédulo además, miel sobre hojuelas. Por eso me animo a decir la verdad, fácilmente comprobable por quien quiera.
Las condiciones laborales concretas del personal laboral se fijan en los convenios colectivos. Y los convenios colectivos se negocian entre los representantes de los trabajadores y la empresa, y son vinculantes para ambas partes con fuerza de ley.
Sin esas condiciones laborales concretas el trabajador está indefenso, porque la empresa puede interpretar las leyes generales del modo más ventajoso para ella y más lesivo para el trabajador.
Un convenio colectivo se negocia en una mesa de negociación compuesta por miembros de los comités de empresa que han nacido de las elecciones sindicales de ese colectivo de trabajadores.
¿Se sabe cuál es la mesa de los profesores de religión? Si.
No es la mesa de los funcionarios (mesa sectorial) porque no lo somos.
No es la mesa del personal de Administración y Servicios (PAS) porque no somos administrativos o limpiadores o conserjes.
Es una mesa de negociación PROPIA (profesores de religión electos)
Por si fuera poco, las sentencias del Tribunal Supremo de 28 de octubre de 2003, y la de 7 de mayo de 2004 (hace más de 8 años) declararon la inaplicación del convenio colectivo del Personal de Administración y Servicios al Profesorado de Religión, porque los administrativos, las limpiadoras, los conserjes, etc., no tienen las mismas condiciones laborales que los profesores de religión, que son maestros y se dedican a dar clases.
Siendo esto así es imperdonable que CSIF y ANPE mantengan a los maestros de religión, en distintos puntos de la geografía española, en una situación de indefensión ante la empresa (las distintas administraciones educativas) que sólo nos permite o aguantarnos, o ir a los tribunales gastando innecesariamente dinero y tiempo.
¿Quién sale ganando con esta situación? Esos sindicatos y la Administración, a la que se deja obrar a su antojo, en detrimento de nuestros derechos. Pongo algunos ejemplos tomados a día de hoy.
Los sindicatos han incluido a los maestros de religión en los Comités de Empresa del PAS, a sabiendas de que es improcedente y de que nos privan de nuestro convenio colectivo en las siguientes autonomías:
En Castilla y León, controlada por CSIF.
En Murcia, controlada por ANPE.
En Castilla la Mancha, controlada por CSIF, ANPE, y USO. Aquí, además de la sentencia del Supremo hay otra en el mismo sentido del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, que también han ignorado.
En la Rioja, controlada por CSIF y ANPE.
En Extremadura controlada por FEPER y CSIF. Aquí, además de la sentencia del Supremo hay otra en el mismo sentido del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que también han ignorado.
En Madrid y en Andalucía ha sido asombroso, pero eso merece capítulo aparte.
¿Por qué se empeñan en esta política ANPE Y CSIF?
Sencillamente porque hay dos cosas que persiguen:
1. Tener mayor representatividad.
2. Que sea mayor la subvención que perciben del Ministerio de Trabajo. Esta subvención es proporcional al número de delegados sindicales electos que figuran en el Registro de Elecciones.
Pero a nosotros nos perjudica pasar años y años en una indefinición jurídica que nos deja indefensos.
La lucha de APPRECE es la misma en toda España desde hace años: CONSEGUIR UNA ESTABILIDAD LABORAL DEFINITIVA PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN, jurídicamente incontestable y que conjugue los derechos del trabajador con la patria potestad de los padres y el papel de las distintas confesiones religiosas como garantes de ésta.
Adjunto una sentencia del Tribunal Supremo, así como los carteles de las últimas Asambleas Nacionales de Apprece, donde se proponen los temas que dirigen nuestra política sindical cada año.