Bienvenido invitado. Puedes iniciar sesión o asociarse. Hoy es 29/03/2024

IDENTIFICARSE
E-mail:
Contraseña:
   Recordar


¿Olvidastes tu contraseña?
¿No estás registrado?
¡Hazlo aquí!




Publicado el 21 de Mayo de 2015 en Acción Sindical
Noticia de todas las diócesis.

CELEBRADA LA REUNIÓN DE UN REPRESENTANTE DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN Y REPRESENTANTES DE LOS SINDICATOS APPRECE, ANPE, CSIF Y USO, INFORMAMOS PÚBLICAMENTE DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS POR APPRECE-A

1. El representante de la Administración explicó los criterios que habían tenido en cuenta a la hora de preparar el "borrador" que enviaron a los cuatro sindicatos para que aportáramos sugerencias antes del día 18 de mayo. Las sugerencias de APPRECE-A fueron enviadas por correo electrónico el domingo, día 17, y el lunes, fueron registradas en el Registro General de la Consejería de Educación, como puede observarse en el sello del Registro del documento que adjuntamos.

2. Según el representante de la Administración con el procedimiento ("protocolo") quieren "evitar arbitrariedades" con un instrumento que es "garantista" para la Dirección, al apoyarse en asesoramientos que el Director elije de entre los órganos colegiados del centro, con un instrumento que no cree "indefensión" al alumnado, a los padres-madres-tutores y tutoras legales del alumnado y al profesorado.

3. APPRECE-A comparte con la Administración que el procedimiento que se siga en todos los centros de la Educación Primaria de Andalucía para comunicar las horas de religión que que se van a necesitar en cada centro educativo para el próximo curso 2015-2016, tiene que servir para "evitar arbitrariedades" en todos y cada uno de los centros educativos de Andalucía; tiene que valer para "garantizar" a todos los miembros de la Comunidad Educativa porque todo el proceso se hará de acuerdo con la Ley y que, en ninguna de sus fases y actuaciones pueda existir "indefensión" para el alumnado, que es el tiene que recibir las enseñanzas de Religión, para los padres-madres-tutores y tutoras legales, que tienen garantizados el "derecho que les asiste para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones" en los centros públicos de Andalucía, cuya enseñanza es laica, conforme al carácter aconfesional del Estado.

4. El Presidente de APPRECE-A, que ha representado al sindicato APPRECE en la reunión, junto con una profesora de religión de Primaria y un profesor de religión de Secundaria, resumió la posición de APPRECE-A así: recibimos un "borrador" con unas orientaciones para, mediante un formulario, recabar información de las horas de Religión que se van a necesitar en los centros de Educación Primaria de Andalucía para el próximo curso 2015-2016, debidamente justificadas. En APPRECE pensamos que tiene que ser para todos los centros y no sólo para los que acuerden ampliar el horario mínimo, por lo que todos los colegios, sea cual sea la decisión que adopten sobre el horario de Religión, tienen que justificarla, de acuerdo con la Ley y los criterios de las Instrucciones que acompañan al formulario, mediante el que la Dirección del centro comunica los datos a la Dirección General de Planificación de la Consejería de Educación. Hecho todo con total transparencia, desde un marco legal completo, con total coherencia, ofreciendo una información objetiva y documentada, sin perder de vista que vivimos en un Estado de Derecho, en el que se puede acudir a la Justicia cuando los derechos del alumnado, de los padres o del profesorado puedan verse vulnerados.

Por estas razones, en APPRECE pensamos que el "formulario" se puede simplificar para facilitar la comunicación de las horas de religión, para que, a partir del 10 de junio, cuando consten en la Dirección General de Planificación, puedan enviarse al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Pero lo que no se puede simplificar son las Instrucciones, que contienen el marco legal, desde el que se tienen que justificar todas las actuaciones de las Direcciones de los centros y de los órganos colegiados que intervengan en el procedimiento.

5. Tras un diálogo sereno con argumentos razonados, alcanzamos el acuerdo de suprimir las referencias a "ampliar el horario" y la palabra "solicitar", para dejar claro que se trata de decisiones que se toman en los centros y son luego "comunicadas" a la Dirección General de Planificación, a través de un "formulario".

a) Del Formulario, que cambia el titulo para llamarse " Formulario para la comunicación de las horas de religión" se tiene que eliminar la palabra "solicitud" y también "a propuesta del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica", dejando sólo "Oido el Claustro del Profesorado" o, en su caso, "aprobado por el Claustro del Profesorado" y "Oido el Consejo Escolar del Centro". El "cuadrante" tal como está no recoge el total de horas y de ahi que desde APPRECE pidiéramos que se tuvieran en cuenta el numero de UNIDADES existentes en el Centro.

b) Se suprime el punto 3 "documentación adjunta" para que no tengan que enviar los Directores las Actas y estas se custodien en los centros.

APPRECE manifestó la necesidad de que se dejara claro que las Actas pueden solicitarse por cualquier miembro de la Comunidad Educativa e incluso por cualquier ciudadano y aportó, por si se quería citar en las Instrucciones que el derecho de acceso a la información pública y buen gobierno, ha quedado regulado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, que entró en vigor el 10-12-2014 (BOE Nº 295 de 10-12-2013). Esta Ley garantiza el que nada pueda hacerse sin transparencia y, al mismo tiempo, tiene que quedar constancia de las decisiones tomadas, a las que se tiene garantizado el acceso por tratarse de información pública.

6. APPRECE ha visto aceptadas las propuestas 1, 2, 3 de la Introducción y las 8, 9 y 10, de la segunda y tercera instrucción.

a) La Propuesta Nº 6 que dice: "Finalmente, en el Anexo II referido al horario para la etapa de educación Primaria, organizado en módulos de 45 minutos, se atribuye al área de Religión un horario mínimo de un módulo obligatorio para cada uno de los cursos y para todos los centros, a partir de cuyo mínimo, los centros, de los módulos de libre disposición pueden ampliar el horario del área de Religión, sin que tenga repercusión económica alguna ni en el centro ni en las familias, ni en la CC.AA. ya que, como se ha dicho anteriormente, el profesorado de religión de educación infantil y primaria de Andalucía, al estar pendiente de transferir, depende a efectos laborales y económicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte".

Y la Propuesta Nº 5 que dice: "Conviene advertir que el profesorado de religión de educación infantil y primaria de Andalucia dispone de contrato laboral indefinido y su dependencia laboral es con el Ministerio de Educación, Cultura y deporte, hasta que se negocien sus transferencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía".

Las propuestas 5 y 6 no fueron objeto de diálogo, porque lo de "simplificar" se fue imponiendo tambien para las Instrucciones, que van dirigidas a las Direcciones de los Centros y, según algunos, eso se sabe y no era necesario repetirlo...

7. La Propuesta Nº 7 era la respuesta a los que habían expresado públicamente que era ofensiva para el colectivo la expresión "que debe ser objeto de valoración y aprobación, asi como del rendimiento de cuentas"...frase que pertenece al Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente en Andalucia y se regula la selección y la provisión de los puestos docentes, en el que se dice que el profesorado de religión "dispone de una dotación presupuestaria propia, que debe ser objeto de valoración y aprobación, asi como del rendimiento de cuentas"...

Considerar ofensiva para el profesorado de religión...que "dispone de una dotación presupuestaria propia y sigue la frase "ofensiva"que debe ser objeto de valoración y aprobación, así como del rendimiento de cuentas...es un dato que pone de manifiesto como a veces se hace necesaria una "lectura comprensiva" de los textos legales, antes de sentirse ofendido...

8. Finalmente, la Propuesta Nº 4, en la que APPRECE pide que se cite en las Instrucciones el Estatuto de Autonomía de Andalucía, en los artículos en los que se habla del "derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral" , "garantizar condiciones de igualdad y no discriminación" ; la prohibición de discriminación del articulo 14 y el alcance e interpretación de los derechos y principios reconocidos por la Constitución o por los tratados y convenios internacionales ratificados por España, asi como las citas de los artículos 14, 27 y 139 de la Constitución Española y la cita de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucia, citando el artículo 21 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, asi como su Disposición adicional cuarta sobre el Profesorado de religión" no fue aceptada por los otros tres sindicatos ni por el representante de la Administración, momento en el que APPRECE pidió que constara en Acta el rechazo por parte de ellos a lo que es la Base fundamental de nuestro Estado de Derecho y donde está garantizada la presencia de la Religión en la Escuela Pública.

Si con el rechazo a que en unas Instrucciones que tratan expresamente del horario de religión en la escuela pública, no se quiera que figuren esas citas legales, debieran explicar los motivos de su rechazo, porque APPRECE no va a renunciar nunca a la defensa de la presencia de la Religión Confesional en la escuela pública ni, por supuesto, a la defensa de los derechos laborales de su profesorado, que los considera inseparables de la defensa de los derechos del alumnado y de los de sus padres.

Quede claro, por último, que la reunión del 20-05-2015, de los 4 sindicatos, con un representante de la Secretaría General de Educación, ha sido para tratar exclusivamente del "protocolo" para recabar información sobre las horas de religión que tienen que comunicar las Direcciones de los centros, antes del día 10 de junio, a la Dirección General de Planificación.

                                               Andalucía, 21 de mayo de 2015

 

BÚSQUEDA
FILTRO DE NOTICIAS
Filtro:   Todas las noticias
Ver sólo noticias de:




 

APPRECE ANDALUCÍA
Bda. Ntra. Sra. de la Oliva, 81 Bajo.
41013 SEVILLA
Apartado de Correos 19011
41080 SEVILLA
Tel: 954 23 34 99 Fax: 954 62 58 19
appreceandalucia@hotmail.com
andalucia@apprece.es