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Publicado el 24 de Junio de 2018 en Acción Sindical
Noticia de todas las diócesis.

ANULADA LA ORDEN DE 17.03.2015, DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA, POR EL TSJA, EN EL RECURSO Nº 366/15, SIENDO PARTE INTERESADA APPRECE, EN LO RELATIVO A LA CONFIGURACIÓN Y CARGA LECTIVA DE LA ASIGNATURA DE RELIGIÓN, LO QUE PROCEDE ES NEGOCIAR SU EJECUCIÓN PARA VOLVER A LA LEGALIDAD Y A LA NORMALIDAD YA.

1. Este es el mensaje que dirige APPRECE al profesorado de religión de Educación Infantil/Primaria de Andalucía, desde el conocimiento que tiene de todo el Expediente Judicial, que el TSJA ha tenido que poner en nuestras manos, por ser parte interesada en los autos seguidos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que han sido parte actora las 10 diócesis andaluzas, parte demandada la Consejería de Educación, habiendo sido parte, como interesada, la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE).

2. El objeto del recurso se ha centrado en determinar la conformidad o disconformidad a derecho de la Orden de la Consejería de Educación, de 17.03.2015 (BOJA de 27.03.2015) que desarrolla el currículo de Educación Primaria en Andalucía, en lo relativo a la configuración y carga lectiva de la asignatura de Religión.

3. Y la citada Sala del TSJA ha fallado "Que debemos estimar y estimamos, el recurso interpuesto contra la Orden citada en el primer fundamento de derecho de esta sentencia, que declaramos nula, condenando a la Administración expresamente en costas".

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciendoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de casación por escrito ante esta Sala en el plazo de 30 días, contados desde el siguiente a su notificación, en los términos y con las exigencias contenidas en el artículo 86 y ss. de la LRJCA.

4. A fecha 24 de junio, no ha sido notificado el recurso de casación autonómica a APPRECE, y, ante la Resolución de 11 de junio de 2018, de la Dirección General de Ordenación Educativa, por la que se da inicio a la consulta pública previa del proyecto de Orden por la que se desarrolla el curriculo correspondiente a la Educación Primaria, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, adjuntamos el Escrito que APPRECE ha dirigido a la Sra. Consejera de Educación, para el Sr. Director General de Ordenación Educativa, en el que explicamos claramente la postura de APPRECE:

a)  en el pasado, interponiendo el Recurso ante el TSJA, contra la posibilidad de que los Directores/Directoras pudieran reducir los horarios de religión hasta los 45 minutos;

b) en el presente, exigiendo una ejecución negociada de la sentencia, para que, cuanto antes se normalice la legalidad en la Educación Primaria;

c) y de cara al futuro, si no se vuelve al Estado de Derecho, el sindicato APPRECE anuncia que recurrirá otra vez a la Justicia, si no se respetan los 90 minutos, en cada uno de los cursos y grupos de la Educación Primaria, desde 1º a 6º.

5. Más claro no se puede expresar el COMPROMISO del sindicato APPRECE con las enseñanzas de Religión y sus horarios y con la defensa de su Profesorado y sus contratos indefinidos, cuya jornada laboral básica, son las horas lectivas. Ante los previsibles cambios que se avecinan, déjame que te aconseje que deposites tu confianza en quien nunca te ha fallado ni te fallará jamás: en TU sindicato APPRECE.

                                  Andalucía, 24 de junio de 2018

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